Certeza. Todos los actos y decisiones del Instituto Electoral se realizan de forma institucional y profesional, apoyados en procesos legítimos, transparentes y auditables para el cumplimiento cabal de sus funciones.
Legalidad. Con sustento, reconocimiento y estricto apego al mandato constitucional y sus leyes, el Instituto Electoral motiva y fundamenta sus actos, hace solo lo que la ley le permite, nada fuera ni nada por encima de ella.
Independencia. Ejercicio de la autonomía y separación de cualquier poder establecido, que permite la toma de decisiones con libertad e imparcialidad, sustentada en la ley y al margen de presiones políticas o administrativas.
Imparcialidad. Actuación neutral del Instituto Electoral que vela por el interés social sobre cualquier interés partidario o personal en el cumplimiento de su misión y de los valores fundamentales de la democracia.
Máxima publicidad. Hacer pública la información que el Instituto Electoral posee y genera.
Objetividad. Capacidad que apoya la imparcialidad de las decisiones al observar los hechos por encima de opiniones e intereses particulares, examinando los fenómenos en todos sus aspectos para que la toma de decisiones esté apegada a la realidad y reduzca al mínimo el error en las valoraciones que realice.