Saltillo, Coahuila de Zaragoza, al día primero de abril de 2020, el Instituto Electoral de Coahuila emite el siguiente comunicado:

El día de hoy, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, órgano rector del sistema nacional electoral a raíz de la reforma constitucional y legal en materia política-electoral de 2014, emitió el acuerdo mediante el cual aprobó ejercer la facultad de atracción para efecto de suspender temporalmente el desarrollo de los procesos electorales locales, en Coahuila e Hidalgo, y posponer la fecha de la jornada electoral, con motivo de la pandemia generada por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19).

La autoridad nacional sustentó su resolución, esencialmente, en que no es posible la realización de los actos relacionados con la preparación de la jornada electoral e, incluso, su celebración, en condiciones de normalidad, dadas las condiciones que imperan en el país, derivadas de la pandemia reconocida por la transmisión de la enfermedad generada por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19), y que nos encontramos en fase 2 que, acorde a las recomendaciones de las autoridades sanitaras, se debe realizar, entre otras cosas, un aislamiento social, así como la limitación de reuniones públicas de cualquier tipo y sobre todo evitar que la población en general salga de sus domicilios para evitar la propagación del virus.

En ese sentido, el INE al establecer ser la autoridad que le corresponde determinar en todo caso la suspensión de los procesos electorales locales, así como los actos relacionados con la propia jornada electoral, en el acuerdo mencionado estableció, entre otras cosas, suspender temporalmente el desarrollo de los procesos electorales locales de Coahuila e Hidalgo, que actualmente se encuentran en la etapa de preparación de la jornada electoral y posponer la celebración de la misma. Dicha suspensión temporal implicará la no realización o ejecución de los actos que correspondan según los respectivos calendarios electorales, así como suspender términos y plazos de tramitación y sustanciación de procedimientos administrativos sancionadores relacionados con las elecciones locales.

Asimismo, esta determinación surtirá sus efectos hasta en tanto el INE cuente con información oficial de autoridad competente que permita someter a análisis del Consejo General del propio órgano nacional, el levantamiento de esta medida y determinar la continuación de las actividades inherentes al desarrollo de los procesos electorales locales, en Coahuila e Hidalgo, así como fijar los calendarios correspondientes y la nueva fecha para la celebración de la jornada electoral, lo cual se deberá realizar en coordinación con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los respectivos Organismos Públicos Locales, los tribunales electorales estatales y los congresos locales.

Finalmente, es importante señalar que los actos llevados a cabo hasta el momento, tanto por el INE como por los Organismos Públicos Locales, no se verán afectados ya que éstos gozan de definitividad, salvo que fueren revocados o modificados por los tribunales electorales competentes.

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